Ley de Reforma Hipotecaria: el freno a la Cláusula Suelo
A falta de aprobación definitiva en el Senado, la Nueva Ley Hipotecaria se presume que entrará en vigor el próximo mes de marzo tras 30 días de publicarse en el BOE. Esta Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario logra el consenso de las principales agrupaciones políticas en el Congreso de los Diputados motivada en buena medida por las exigencias de la Directiva de la U.E sobre protección del consumidor financiero que debió transponerse en España desde el mes de abril de 2016.
Entre las modificaciones más significativas cabe destacar que:
- Se protegerá tanto a los consumidores como a los trabajadores autónomos.
- Se limita y regulan los incentivos a los trabajadores de la banca.
- La Banca queda obligada a facilitar información detallada a los clientes sobre el contrato y sus riesgos, como mínimo 10 antes de su firma.
- El notario deberá proveer a los consumidores de un asesoramiento gratuito en fase precontractual.
- Los clientes podrán cambiar el interés de variable a fijo abonando el 15% del capital reembolsado en los tres primeros años del contrato.
Ejecutar los desahucios será mucho más complejo, pues la ley habilita la ejecución tras un impago de 12 cuotas o del 3% del capital concedido, durante la primera mitad del préstamo, o en 15 mensualidades o el 7% del crédito, durante la segunda mitad.
Finalmente, los tipos de interés de demora serán fijados en el interés remuneratorio más tres puntos, sin posibilidad de negociación entre las partes.
La prohibición definitiva a la Cláusula Suelo
Esta nueva Ley de Reforma Hipotecaria regula y erradica definitivamente la denominada Cláusula Suelo. Dichas cláusulas quedan prohibidas directamente al rezar el texto legal que “en las operaciones con tipo de interés variable no se podrá fijar un límite a la baja en el tipo de interés”.